¿Puede un despacho de cobranza embargarte en 2025?

¿Un despacho de cobranza me puede embargar?
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Enfrentar una deuda puede ser una experiencia difícil para cualquier persona, especialmente cuando comienzan las llamadas, mensajes o las visitas de despachos de cobranza al domicilio.

Son acciones que pueden generar angustia, presión e incertidumbre, especialmente cuando te amenazan con un posible embargo. Pero, ¿realmente un despacho de cobranza tiene la autoridad para embargar tus bienes?

En este artículo del blog de “Mejora Buró” te explicamos qué pueden y qué no pueden hacer los despachos, qué dice la ley en México sobre los embargos por deudas y cómo protegerte si estás recibiendo intimidaciones para así recuperar tu tranquilidad.

¿Qué es un despacho de cobranza?

Un despacho de cobranza es un intermediario que es contratado por bancos, financieras o empresas comerciales para recuperar un adeudo, pero sin acudir a instancias legales en tribunales.

Su función principal es contactar al deudor y negociar alternativas para liquidar el crédito. Sin embargo, no tienen ningún tipo de autoridad para embargar bienes de los deudores.

¿Cuáles son las funciones principales de un despacho de cobranza?

Estas son algunas de las principales funciones que puede realizar un despacho de cobranza:

  1. Notificar al deudor sobre el adeudo: envían cartas, mensajes o realizan llamadas telefónicas para recordar la deuda pendiente.
  2. Negociar acuerdos de pago: ofrecen opciones para que el deudor liquide su deuda, como reestructuración de pagos o descuentos por liquidación anticipada.
  3. Registrar el estado de la deuda: informan al acreedor sobre los avances en la recuperación del adeudo.

Diferencias entre cobranza extrajudicial y judicial

Existen una amplia distinción entre la cobranza extrajudicial y judicial, en la primera se incluyen llamadas constantes, mensajes, visitas domiciliarias o notificaciones sin la intervención de autoridades. Mientras que la cobranza judicial ocurre cuando el acreedor presenta una demanda en contra del deudor ante un juez, pero la orden de embargo únicamente se aplicaría después de obtener una sentencia judicial a favor.

En palabras más sencillas: los despachos de cobranza no pueden embargar por sí mismo, sino que solamente un juez puede ordenar dicha acción. Conocer esta diferencia es clave para evitar caer en amenazas infundadas.

Además, los despachos de cobranza están regulados por la REDECO CONDUSEF, en el caso de las instituciones financieras, y por la PROFECO, para las empresas comerciales.

¿Por qué un despacho de cobranza no me puede embargar?

Quizá no lo sabías, pero los despachos de cobranza no tienen la capacidad de embargar a un deudor porque carecen de facultades legales para realizarlo.

Es decir, solo un juez puede emitir una orden de embargo dentro de un proceso judicial formal. Es decir que si únicamente has recibido llamadas, correos o mensajes de cobranza, no existe ninguna autoridad involucrada y, por lo tanto, la acción de embargo en contra del deudor es imposible.

En caso de que tú o algún conocido estén sufriendo intimidaciones, no te debes preocupar, incluso tienes derecho a levantar un reporte ante de las autoridades de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).

Asesórate para saber si te pueden embargar

¿Quién tiene la facultad de embargar? 

El embargo solamente puede realizarse mediante un proceso judicial, esto implica lo siguiente:

  1. El acreedor presenta una demanda en contra del deudor.
  2. Un juez analiza el caso y, si procede, emite una sentencia.
  3. Autoridades judiciales ejecutarían el embargo, siguiendo las leyes aplicables.

¿Qué es lo que no pueden hacer los despachos de cobranza? 

De acuerdo con la CONDUSEF, los despachos de cobranza deben cumplir con las siguientes reglas:

  1. Identificarse correctamente y decir en nombre de quién actúan.
  2. Comunicarse solamente en los horarios permitidos; es decir, entre las 7:00 y las 22:00 horas.
  3. Evitar amenazas, ofensas o lenguaje intimidatorio en contra del deudor.
  4. No contactar a familiares, amigos o cualquier tercera persona que esté relacionada con el deudor, excepto los avales.
  5. No simular ser alguna autoridad y tampoco pueden enviar un documento falso.
  6. No revelar información financiera del deudor a otras personas.

¿Qué castigo podría aplicarse para los despachos de cobranza? 

En caso de que algún despacho de cobranza no respete las reglas, es decir, cometa una práctica indebida, podría enfrentar multas administrativas que serían aplicadas por parte de la CONDUSEF.

También se podrían ejecutar denuncias penales por los casos de amenaza, acoso o extorsión para los deudores.

¿Qué hacer si un despacho de cobranza me amenaza de embargo? 

En caso de que algún deudor reciba algún tipo de amenaza por parte de los despachos de cobranza, tendrá que seguir los siguientes pasos:

  • Solicitar la orden judicial, es un documento oficial que debe contener sello, firma y datos del juez.
  • Documentar todo; el deudor deberá guardar todas las pruebas, tales como mensajes, capturas de pantalla y fechas.
  • Se deberá presentar una queja ante las autoridades de la CONDUSEF vía REDECO.

Para ello también se recomienda buscar asesoría legal y financiera profesional para orientarse, un factor que facilitaría la negociación de la deuda.

Cualquier persona deudora tiene derecho al trato respetuoso, a la privacidad, al contacto en horarios adecuados y a no ser amenazado ni engañado por los despachos de cobranza.

¿Cuándo un despacho de cobranza me puede embargar?

Es probable que algunas personas reciban amenazas de embargo por parte de los despachos de cobranza, en caso de que tú te encuentres en dicha situación te puedes sentir tranquilo debido a que solamente un juez puede ordenar este tipo de acción legal tras una demanda.

¿Cuál es la diferencia entre la cobranza judicial y la extrajudicial? 

Aunque los conceptos de cobranza judicial y la extrajudicial parezcan casi idénticos, existe una diferencia entre ambos.

En el tipo de cobranza extrajudicial únicamente se puede realizar llamadas, mensajes o visitas al deudor, pero sin ningún tipo de intervención judicial. En cambio, la cobranza judicial inicia con una demanda, una sentencia y puede culminar en un embargo.

¿Cómo dejar de recibir llamadas o visitas de despachos de cobranza?

Para que un deudor deje de recibir las llamadas o visitas constantes por parte de los despachos de cobranza, tendrá que documentar dicha información, ya que así podrá presentar una queja formal ante las autoridades de la CONDUSEF.

Además, se recomienda buscar asesoría legal para negociar y resolver la situación de deuda.

¿Cómo obtener el control de tus deudas?

Las amenazas de embargo suelen ser falsas, en la mayoría de los casos, y únicamente buscan presionar al deudor. Pero es importante recordar lo siguiente: solamente un juez puede comenzar una orden de embargo y para ello debe existir un proceso judicial previo.

En Mejora Buró nos interesa ayudarte con asesoría legal y financiera que se adecua a tus necesidades, aquí diseñamos soluciones reales para negociar tu adeudo y así detener esas prácticas abusivas de manera profesional.

Te invitamos también a consultar nuestros artículos del blog de Mejora Buró sobre las amenazas en las aplicaciones de préstamos

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    Trabajo en Finanzas por más de 15 años, soy un apasionado de las finanzas personales y del movimiento de libertad financiera. Poseo un Máster en Microfinanzas y Desarrollo Social por la Universidad de Alcalá